Qué es este trámite
El apremio y cobro de deuda de alimentos es la ejecución de una pensión ya existente. Incluye determinar cuánto se debe, notificar y, si corresponde, solicitar retenciones, anotaciones u otras medidas, incluido el apremio personal en los casos que la ley permite. No sirve para fijar por primera vez ni para rebajar el monto futuro. Si el alimentante alega que el monto quedó alto, eso es otra ficha; mientras tanto, la deuda sigue su curso.